Es importante destacar que la habilitación de esta temporada se sujeta a estrictas condiciones y verificaciones para asegurar su correcta implementación.
Para llevar a cabo estas prácticas se deberá presentar una solicitud de autorización ante la Dirección de Defensa Civil. Además, los potreros deben contar con picadas cortafuegos perimetrales. Una vez obtenido el permiso, el productor debe notificar el día que se va a realizar la quema.
El período autorizado para la quema de bosque/monte se extenderá hasta el 31 de agosto, mientras que la quema de pastizal se permitirá hasta el 15 de septiembre.

Condiciones para la autorización
1. Solicitud formal: se deberá presentar la solicitud correspondiente a la Dirección General de Defensa Civil, la cual seguirá con los procedimientos administrativos correspondientes para poder autorizar la práctica.
2. Picadas cortafuegos: los inmuebles deberán contar con picadas cortafuegos perimetrales de al menos 10 metros de ancho para la Zona Centro y al menos 5 metros de ancho para la zona oeste.
3. Intervalo de tiempo: solo se otorgarán autorizaciones después de transcurridos al menos cuatro años desde la última quema en el mismo potrero o desde la ocurrencia del último incendio en el mismo.
Condiciones operativas para la quema prescrita
– Con viento inferior a los 25 kilómetros por hora, una temperatura del aire inferior a los 23°C y una humedad relativa ambiente superior al 30%.
– Las operaciones deberán principiar con posterioridad a la hora 14, siempre que no se hayan producido cambios en la dirección del viento de más de 45° en las últimas tres horas y no se observen nubes cumuliformes.
– Deberán realizarla, al menos cinco personas aptas para la tarea (ninguna de las cuales podrá ser menor de edad), provistas de palas, elementos para iniciar la ignición, vehículos, medios de comunicación y todo otro elemento de seguridad provisto por el interesado.
– Las tareas se ejecutarán en todos los casos en sentido contrario al viento previendo las medidas a adoptar a fin de que el área a quemar sea rodeada con fuego en un plazo máximo de seis horas..
Cualquier incumplimiento de las fechas y condiciones será sujeto a sanciones legales.
Para más información: Dirección General de Defensa Civil (02954-424156, 02954-15640951) o al mail dclapampa@gmail.com.
