
Este viernes, el juez de audiencia Carlos Nicolás Pellegrino condenó a los efectivos de la Policía de La Pampa, Alfredo Reinaldo Agüero y José Gabriel Paulino Martínez, por el delito de cohecho, tras comprobarse que solicitaron dinero a un ciudadano para evitarle una multa durante un control en el puesto caminero de Chamaicó.
El episodio tuvo lugar el 16 de febrero de 2024, alrededor de las 19:30 horas. José Luis Ayala, un técnico de sonido oriundo de Realicó, viajaba en colectivo hacia Buena Esperanza (San Luis) por cuestiones laborales cuando fue detenido en el control policial. Los uniformados le informaron que tenía vencida la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) y que debía abonar una multa de 658.000 pesos.
Sin embargo, la situación tomó un giro irregular. De acuerdo con la investigación dirigida por el fiscal Matías Juan, Agüero le insinuó a Ayala que podían “arreglar” por una suma menor. Ayala propuso 200.000 pesos, aunque aclaró que no contaba con efectivo, por lo que su pareja haría la transferencia. Fue entonces cuando Martínez le envió un CBU correspondiente a su cuenta personal, lo que permitió que el trabajador siguiera viaje.

Ya en destino, Ayala retomó contacto con Martínez a través de WhatsApp. El policía le confirmó que el monto final era de 250.000 pesos y le aseguró que, a partir de ese momento, podría “pasar cuantas veces quisiera” por el puesto sin inconvenientes. En los días siguientes, ambos imputados intercambiaron mensajes preguntando por la transferencia, lo que para el fiscal reforzó la hipótesis de un acuerdo consciente entre ambos agentes.
Durante el juicio, los acusados intentaron deslindar responsabilidades e incluso se inculparon mutuamente. No obstante, el juez Pellegrino consideró que las pruebas eran concluyentes: «Existió un acuerdo de voluntades y reparto de roles entre ambos imputados, con la clara intención de obtener un beneficio económico indebido», sostuvo en la sentencia.
Ambos efectivos fueron condenados a un año de prisión en suspenso y a la inhabilitación especial perpetua para ejercer funciones policiales. Además, deberán cumplir con reglas de conducta durante dos años, incluyendo la fijación de domicilio y la prohibición de ausentarse sin autorización judicial.
En su fallo, el magistrado subrayó que este tipo de delitos afectan gravemente la confianza en las instituciones públicas. Citó al jurista Edgardo Donna al afirmar que “la motivación lucrativa que persigue el agente contradice necesariamente el buen desempeño de las funciones a su cargo, perjudicando al Estado como legítimo depositario de la administración pública”.
Los ahora exagentes, identificados como el primero y el tercero desde la izquierda en la fotografía del expediente, ya no podrán vestir el uniforme ni desempeñar ningún cargo vinculado a la seguridad pública.
Con información de El Diario