
La Secretaría de Energía aprobó un incremento del 8,54% en los precios máximos de referencias de las garrafas de 10, 12 y 15 kilos para fraccionadores, distribuidores y venta al público, al igual que el propano y el butano para los productores adheridos al programa Hogar. La medida es retroactiva al 1° de abril.
Con este aumento, que fue informado mediante el Boletín Oficial de este miércoles con la resolución 326/2023, el valor máximo de referencia para la garrafa de 10 kilos para los fraccionadores pasó a ser de $724 desde el último 1° de abril, mientras que anteriormente era de $667, de $1.270 para los distribuidores (el anterior valor era de $1.171) y de $1.334 para la venta al público (el precio anterior era $1.229).
Por otro lado, para las unidades de 12 kilos, los precios máximos pasaron a ser de $800 a $869, de $1.405 a $1.525 y de $1.475 a $1.601, mientras que para las de 15 kilos se modificó de $1.000 a $1.086, de $1.756 a $1.906 y de $1.844 a $2.001, respectivamente. Los anteriores valores tenían como referencia el último 1° de marzo a los flamantes del 1° de abril.

En tanto, el costo máximo de referencia por tonelada de propano y butano para los productores tiene un aumento de 8,47%, por lo que el precio es de $38.704.
Cuáles fueron los considerandos en esta medida
En los considerandos de esta decisión se expresó que «los precios máximos de referencia cumplen un rol primordial para poder dar efectivo cumplimiento a los objetivos trazados en la Ley 26.020″, de Régimen de Industria y Comercialización de Gas Licuado de Petróleo.
Entre las finalidades de este incremento, se expresó que «se destaca, principalmente, el de asegurar el suministro económico de GLP a sectores sociales residenciales de escasos recursos que no cuenten con servicio de gas natural por redes».
Por otro lado, también se aceptó una asistencia de $948.275.757,45 dirigida a veinte empresas productoras para asegurar el abastecimiento en hogares con bajos recursos de garrafas, con la resolución 331/2023.
















