Ahora, está habilitada la posibilidad de que más de un 1 millón de hectáreas sean desmontadas o arrasadas.
La nueva norma dispone de un mapa regresivo, yendo contra principios reconocidos por el Acuerdo de Escazú, de la Ley General del Ambiente, de la Ley de Bosques Nativos y de los criterios de sustentabilidad del Consejo Federal de Medioambiente.
¿De qué trata el OTBN?
A partir de la sanción en 2007 de la Ley Nacional de Protección de Bosques Nativos, cada provincia tiene que realizar un mapa donde se marcan los bosques nativos para su preservación. Solo los de Categoría III tienen la capacidad del desmonte dentro de los criterios establecidos en la ley.
La nueva normativa de Chaco “no respeta el principio de no regresión ambiental ya que permitirá el desmonte en zonas actualmente clasificadas en la Categoría II – amarillo, al pasarlas a Categoría III – verde, algo prohibido por la normativa nacional”.
Para las organizaciones ambientalistas, “reduce la protección de sus bosques y permitirá el avance de las topadoras sobre territorios de campesinos e indígenas, y de especies en peligro de extinción como el #yaguareté”.
Somos Monte Chaco y ONGs como Vida Silvestre y Greenpeace advirtieron que denunciarán a la Corte Suprema la ilegalidad de esta nueva ley.