La decisión del máximo tribunal, adoptada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó por “inadmisibles” los recursos presentados tanto por la defensa del ex funcionario como por el Ministerio Público Fiscal, en el marco de la causa por la tragedia ferroviaria de Once ocurrida el 22 de febrero de 2012, que dejó 51 muertos y más de 700 heridos.
De esta manera, quedó firme la sentencia que en 2018 dictó el TOF 4, integrado por los magistrados Pablo Bertuzzi, Néstor Costabel y Gabriela López Iñíguez, que condenó a De Vido a cuatro años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, al considerarlo partícipe necesario del delito de administración fraudulenta.
El tribunal había determinado que, en su rol como ministro de Planificación, De Vido no cumplió con su deber de controlar el uso de los fondos públicos destinados a la concesionaria Trenes de Buenos Aires (TBA), empresa responsable del servicio ferroviario de la línea Sarmiento.

Si bien fue absuelto del delito de estrago culposo —relacionado directamente con las muertes y lesiones ocasionadas por el accidente—, los jueces concluyeron que el ex funcionario fue responsable del manejo irregular de los recursos públicos. En el fallo se señaló que el Ministerio de Planificación no supervisó el destino del dinero pese a los informes que advertían sobre el deterioro del servicio ferroviario.

















