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Un tribunal de Santiago desestimó la denuncia penal contra un operario que recibió por error 330 salarios y renunció sin devolver el dinero

Un tribunal de Santiago de Chile desestimó la denuncia penal presentada contra un trabajador del Consorcio Industrial de Alimentos, quien en 2022 recibió por error una transferencia equivalente a 330 veces su salario mensual y posteriormente renunció sin reintegrar el dinero. El fallo judicial determinó que el hecho no constituyó un delito penal según la legislación chilena.

El episodio ocurrió cuando la empresa depositó en la cuenta del empleado un monto cercano a los 165 millones de pesos chilenos, equivalentes a unos 180 mil dólares al tipo de cambio de ese momento. Días después, la compañía advirtió el error y solicitó formalmente la devolución del dinero transferido de manera equivocada.

En un primer momento, el trabajador habría manifestado su intención de reintegrar la suma, pero con el paso de los días dejó de asistir a su puesto laboral. Poco tiempo después presentó su renuncia, sin haber devuelto el monto recibido, lo que motivó a la empresa a iniciar una denuncia penal por robo, al considerar que existió mala fe en su accionar.

Sin embargo, la Justicia chilena entendió que no se configuró el delito de robo, ya que no se comprobó la existencia de engaño, premeditación ni una acción fraudulenta por parte del trabajador. Según se desprende del fallo, el empleado no había advertido el error en el momento de recibir la transferencia y tomó conocimiento de la situación recién cuando fue notificado por la propia empresa.

Finalmente, en septiembre de 2025, el tribunal resolvió desestimar la denuncia penal y encuadró el hecho como una “apropiación no autorizada”, una figura que no se encuentra tipificada como delito en el Código Penal chileno. De este modo, los jueces concluyeron que la responsabilidad principal recayó en quien cometió el error administrativo al realizar el pago.

El caso se viralizó rápidamente en redes sociales y medios de comunicación, generando un intenso debate público. Mientras algunos celebraron el desenlace favorable para el trabajador, otros cuestionaron su conducta desde el punto de vista ético, aunque el fallo dejó en claro que no existió responsabilidad penal.