Un hombre de 52 años fue condenado a un año de prisión de cumplimiento efectivo por agredir físicamente a su expareja. Además, debido a que contaba con antecedentes registrables, la Justicia lo declaró reincidente.
La sentencia fue dictada por el juez de control Carlos Matías Chapalcaz, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado presentado por la fiscala María Cecilia Molinari, el defensor oficial Juan José Hermúa y el acusado, quien reconoció la autoría del hecho.
La víctima intervino como querellante particular, representada por la defensora oficial Vanesa Silvana Ortiz. Al ser informada sobre los alcances del acuerdo, no se opuso al procedimiento, aunque manifestó que esperaba una pena mayor.

La agresión
El hecho ocurrió el 17 de marzo, cuando la mujer se encontraba en la casa de una amiga y, a pedido de esta, se dirigió hasta un domicilio de Villa Santillán.
Al llegar se encontró con su expareja, quien comenzó a agredirla verbalmente. Cuando la víctima intentó retirarse en una motocicleta, el hombre la bajó del rodado y la golpeó en distintas partes del cuerpo.
El acusado fue considerado autor del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, enmarcado en la Ley 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
La pena prevista para este delito por el Código Penal se encuentra entre los seis meses y los dos años de prisión.
Incumplió el arresto domiciliario
Durante la investigación, Chapalcaz había dispuesto inicialmente la prisión preventiva del acusado, que posteriormente fue reemplazada por arresto domiciliario con monitoreo electrónico.
Sin embargo, mientras cumplía esa medida, el hombre salió de su domicilio. La situación fue detectada por el Centro de Control, Operación y Monitoreo (Cecom) de la Policía de La Pampa.
Ante el incumplimiento, el juez revocó el arresto domiciliario y ordenó que continuara detenido de manera efectiva. También se estableció un impedimento de contacto con la denunciante y otras dos personas.
La identidad del condenado no fue difundida debido a que entre los testigos de la causa hay niños y la publicación de sus datos podría permitir su identificación directa o indirecta.
Otro caso fue resuelto en apenas 20 días
En una segunda causa, la jueza de control de 25 de Mayo, Daniela Johana Martínez, condenó a un hombre de 29 años a seis meses y quince días de prisión en suspenso por lesiones leves agravadas por haber mantenido una relación de pareja y desobediencia judicial.
El episodio ocurrió el 6 de agosto, cuando el acusado y su pareja estaban en una chacra. Tras una discusión originada mientras el hombre hablaba telefónicamente con un familiar, este reaccionó golpeando a la mujer.
Luego de la denuncia, la jueza ordenó su exclusión del inmueble y estableció una restricción de acercamiento y contacto. Pese a ello, al día siguiente el acusado contactó a la víctima mediante Facebook y WhatsApp, incumpliendo la medida judicial.
El acuerdo de juicio abreviado fue alcanzado entre la fiscala Eugenia Paola Bolzan, la defensora oficial Mónica Carola Ontiveros y el imputado, quien admitió su responsabilidad.
Además de la pena en suspenso, deberá cumplir durante dos años distintas reglas de conducta, entre ellas fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras y abstenerse de contactar, molestar o perturbar a la víctima por cualquier medio.


















