Un hombre de 35 años fue condenado a un año de prisión de ejecución condicional por no haber tomado las precauciones necesarias para evitar que su hija de cinco años ingiriera cocaína en el domicilio familiar.
La sentencia fue dictada por el juez de control de Santa Rosa Carlos Matías Chapalcaz, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre el fiscal Cristian Casais, la defensora oficial María Silvina Blanco Gómez y el imputado, quien reconoció su responsabilidad.
El hombre fue declarado autor del delito de lesiones graves culposas, figura que contempla situaciones en las que no existe intención de provocar el daño, pero se produce un perjuicio como consecuencia de una conducta negligente.

Según quedó acreditado en la investigación, el episodio ocurrió en febrero pasado, cuando el padre “no tomó los recaudos suficientes para evitar la ingesta de cocaína” por parte de la niña.
Como consecuencia, la menor debió ser trasladada a la guardia pediátrica del Complejo Hospitalario Favaloro-Molas, donde ingresó con episodios convulsivos, excitación psicomotriz y peligro de vida.
La niña permaneció internada durante cinco días y posteriormente continuó con seguimiento psicológico y psiquiátrico.
La denuncia se inició desde el área de Salud Mental del establecimiento sanitario. Durante las primeras etapas de la investigación, el juez dispuso además una restricción de acercamiento y una prohibición absoluta de contacto del padre con su hija.
Reglas de conducta durante dos años
Además de la condena de un año en suspenso, el imputado deberá cumplir distintas reglas de conducta durante un plazo de dos años.
Entre ellas se encuentra mantener la prohibición de contacto con la niña y abstenerse de realizar actos de perturbación o molestias en su perjuicio, salvo que la Dirección General de Niñez, Adolescencia y Familia adopte otra decisión.
También deberá fijar residencia, someterse al control de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal y acreditar la realización de un tratamiento psicológico destinado a abordar su problemática de adicciones.
Tanto la Dirección General de Niñez, Adolescencia y Familia de La Pampa, que actualmente se encuentra a cargo de la niña, como la Asesoría de Niñas, Niños y Adolescentes prestaron conformidad al acuerdo de juicio abreviado.
Entre las pruebas incorporadas al expediente se incluyeron un allanamiento realizado en la vivienda del padre, informes médicos, documentación de organismos de Niñez y Familia y de la Agencia de Investigación Científica, además de declaraciones testimoniales de profesionales de la salud.



















