
El decreto invita al Poder Legislativo, al Poder Judicial, a las Municipalidades y Comisiones de Fomento, a los Organismos Nacionales y a la actividad privada a adherir a esta medida. También instruye a los distintos organismos a implementar las medidas necesarias para mantener la continuidad de los servicios esenciales.
El presente decreto será refrendado por el Ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos. Se dará a conocer en el Registro Oficial y en el Boletín Oficial y se comunicará a las autoridades correspondientes.

















