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Condenaron a un camionero de Castex por un siniestro fatal en la Ruta Provincial 4

La Justicia condenó a tres años de prisión de ejecución condicional y siete años de inhabilitación para conducir a un camionero oriundo de Eduardo Castex, por el siniestro vial ocurrido en abril de 2025 entre Arata y Caleufú, en el que perdieron la vida dos personas que circulaban en una motocicleta.

La jueza de control de General Pico, Ana Laura Ruffini, convalidó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a un camionero de Eduardo Castex por el siniestro vial ocurrido el 22 de abril de 2025 sobre la Ruta Provincial 4, donde fallecieron los dos ocupantes de una motocicleta.

De acuerdo con la información publicada por El Diario de La Pampa, la sentencia estableció tres años de prisión de ejecución condicional y siete años de inhabilitación especial para conducir cualquier tipo de vehículo con motor.

Al tratarse de una pena condicional, el condenado no deberá cumplir prisión efectiva, aunque quedará sujeto a reglas de conducta durante un período de dos años.

El siniestro

El hecho ocurrió alrededor de las 13:30 del 22 de abril de 2025, a la altura del kilómetro 108 de la Ruta Provincial 4, entre Arata y Caleufú y en cercanías del cruce con la Ruta Provincial 9, en la zona conocida como paraje Los Hornos.

Según la acusación que fue aceptada en el marco del juicio abreviado, el camionero circulaba en sentido este-oeste al mando de un Mercedes Benz L 1634 cuando impactó desde atrás a una motocicleta Mondial Allegro de 150 centímetros cúbicos, en la que viajaban dos personas.

Como consecuencia del impacto, los ocupantes de la moto fueron despedidos y fallecieron. El rodado menor fue arrastrado varios metros por el camión hasta que el vehículo de mayor porte logró detener su marcha.

Juicio abreviado

La audiencia de juicio abreviado se realizó el pasado 29 de julio. Allí, el acusado reconoció el hecho y aceptó la responsabilidad penal atribuida por la Fiscalía, además de prestar conformidad con la pena acordada entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa.

Una de las querellas se opuso al acuerdo al considerar insuficiente la pena frente a la gravedad del hecho y sus consecuencias. La otra representación familiar, en cambio, prestó conformidad con el procedimiento.

La jueza Ruffini consideró que la oposición planteada no impedía homologar el acuerdo y entendió que no se habían presentado fundamentos jurídicos suficientes para determinar que la sanción acordada resultara irrazonable o desproporcionada.

Entre los aspectos considerados para resolver, la magistrada tuvo en cuenta que el camionero no registraba antecedentes penales y destacó la extensión de la prohibición para conducir, fijada en siete años.

De esta manera, el proceso penal quedó cerrado con una condena de cumplimiento condicional, además de la inhabilitación para manejar vehículos con motor.