Las juezas María Antonella Marchisio y María Eugenia Schijvarger ratificaron la sentencia dictada en diciembre pasado por la Audiencia de Juicio de esa ciudad, que condenó a los tres acusados a cuatro años de prisión como coautores del delito de homicidio en riña. En tanto, Alexis Aballar fue absuelto por el beneficio de la duda.
Según quedó acreditado en el juicio, el hecho ocurrió la noche del 13 de marzo de 2024, cuando Muñoz ingresó al pabellón 1 portando un elemento punzocortante y mantuvo una discusión con otro detenido. Más tarde, luego de la cena y tras apagarse las luces, los cuatro internos salieron de la celda 5 armados con elementos punzantes y se dirigieron hasta la celda donde estaba Muñoz.
De acuerdo al fallo, los acusados ingresaron de forma violenta y atacaron a la víctima con múltiples heridas. Posteriormente, Schneider lo arrastró hasta el sector del chapón de ingreso del pabellón, donde continuaron las agresiones mientras golpeaban la puerta para alertar al personal policial.

Muñoz sufrió numerosas lesiones, entre ellas una herida mortal en la aurícula izquierda, y falleció cuatro días después.
Durante la instancia de impugnación, tanto el fiscal Juan Ignacio Pellegrino como el querellante Carlos Pedro Febre solicitaron que los acusados fueran condenados a prisión perpetua por homicidio calificado con el concurso premeditado de dos o más personas. Además, subsidiariamente, pidieron una pena mayor en caso de mantenerse la figura de homicidio en riña.
Sin embargo, el TIP rechazó ambos planteos y sostuvo que durante el debate no pudo determinarse quién provocó la lesión mortal ni acreditarse la existencia de un plan premeditado para matar.
Las magistradas señalaron que la Audiencia de Juicio valoró correctamente las pruebas y concluyó que los hechos ocurrieron en el contexto de una riña, sin pruebas suficientes para encuadrar el caso como homicidio calificado ni para establecer dolo homicida específico por parte de los imputados.














