Una mujer de General Pico fue multada con 5 mil pesos por impedir el contacto de su hijo de 3 años con su padre, con el que no convive. Según sostuvieron los jueces, ha tenido siempre una «conducta impeditiva y de oposición permanente» para que su hijo disfrute de un vínculo sano y sin interferencias con su padre.
La multa fue aplicada por el Juzgado de la Familia, Niñas, Niños y Adolescentes N° 2 y recientemente confirmada por la Cámara de Apelaciones de Pico, según una serie de fallos a los que accedió Diario Textual.
El caso fue analizado por los jueces de cámara Mariano Martín, Horacio Costantino y Alejandro Pérez Ballester. Los tres, en líneas generales, coincidieron en remarcar que la mujer, en forma reiterada, ha intentado impedir un contacto fluido del niño con su padre. Solo tuvieron mínimas disidencias sobre los horarios de visitas que debían autorizarle al padre.

Uno de los votos más interesantes fue el de Pérez Ballester. Este juez recordó que L. P. M. y C. O. G. convivieron en pareja durante ocho años. En enero de 2017, nació E. T.. Los progenitores se separaron en mayo de 2017.
Fuente: Diario Textual

















