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IPAV: dejaron sin efecto adjudicaciones e intimaron a beneficiarios de viviendas en distintas localidades de La Pampa

El Boletín Oficial de este viernes 6 de noviembre publicó actuaciones del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (IPAV) relacionadas con 12 viviendas sociales de diez localidades pampeanas, entre ellas Eduardo Castex. Las medidas comprenden cinco resoluciones que rescinden acuerdos de tenencia o dejan sin efecto adjudicaciones y siete intimaciones por presuntos incumplimientos en el pago de cuotas, falta de ocupación o cuestiones vinculadas con la titularidad.

El Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (IPAV) publicó una serie de resoluciones administrativas y notificaciones vinculadas con viviendas sociales de Eduardo Castex, General Pico, Santa Rosa, General Acha, Realicó, 25 de Mayo, Guatraché, Vértiz, Conhello y Adolfo Van Praet.

Las actuaciones, incluidas en las páginas 158 a 162 del Boletín Oficial Nº 3752, responden a diferentes situaciones detectadas por el organismo provincial. En algunos casos ya se resolvió dejar sin efecto la adjudicación o rescindir el acuerdo de tenencia de una vivienda, mientras que en otros se otorgaron plazos para regularizar deudas, presentar documentación o efectuar descargos antes de adoptar una resolución definitiva.

Eduardo Castex: una adjudicación dejada sin efecto y otra vivienda bajo intimación

En Eduardo Castex se publicaron dos actuaciones correspondientes a diferentes planes habitacionales.

La primera involucra una vivienda del Plan FONAVI XXXII, segunda etapa.

Mediante la Resolución Administrativa Nº 518/26, fechada el 15 de septiembre de 2026, el IPAV decidió dejar sin efecto la adjudicación en venta realizada a través de las resoluciones 463/94 y 153/95.

Según consta en la publicación, la medida se fundamenta exclusivamente en la falta de pago de las cuotas de amortización de la vivienda.

Además, el organismo autorizó la toma de posesión de la unidad habitacional, conforme al artículo 27 de la Ley Nacional Nº 21.581. La notificación está dirigida a los presuntos herederos de los anteriores titulares.

La segunda actuación corresponde a una vivienda del Plan FONAVI XLVII-TM.

En este expediente, el IPAV intimó a la persona vinculada con el inmueble a presentar pruebas de descargo por escrito ante la presunta falta de ocupación efectiva y permanente de la vivienda, además de irregularidades relacionadas con el pago de las cuotas.

El plazo establecido es de diez días hábiles a partir de la última publicación del aviso oficial.

El organismo advirtió que, si no se ejerce el derecho de defensa dentro del plazo establecido, podrá continuar las actuaciones y dictar el correspondiente acto administrativo rescisorio.

A diferencia del primer caso, en esta segunda actuación todavía no se comunica una resolución que deje sin efecto la adjudicación, sino una intimación previa.

General Pico: rescindieron la tenencia de una vivienda

En General Pico, el IPAV notificó la Resolución Administrativa Nº 532/2026, del 17 de septiembre, correspondiente a una vivienda del Plan 5000 Viviendas, Zona 27, segunda etapa.

La decisión alcanza al acuerdo de tenencia precaria y a la adjudicación en venta efectuada en 2012.

La causal señalada es la falta de pago de las cuotas correspondientes.

El organismo declaró rescindida el acta de tenencia, dejó sin efecto la adjudicación y autorizó la toma de posesión de la vivienda.

Santa Rosa: una adjudicación anulada y una intimación por deuda

En la capital pampeana se publicaron dos actuaciones vinculadas con viviendas del barrio Río Atuel.

La primera corresponde a una unidad habitacional del Plan FONAVI V.

Mediante la Resolución Administrativa Nº 585/26, del 13 de octubre, el IPAV tuvo por rescindida el acta de tenencia precaria y dejó sin efecto la adjudicación en venta realizada en 1995, así como sus modificaciones posteriores.

La decisión se fundamenta en dos causales: falta de ocupación efectiva y permanente y falta de pago de las cuotas de amortización. También se autorizó la toma de posesión del inmueble.

En otro expediente, el organismo intimó a regularizar una deuda correspondiente a otra vivienda del mismo plan habitacional.

La notificación establece un plazo de diez días hábiles desde la última publicación y advierte que, de no ejercerse el derecho de defensa, podrán iniciarse las acciones judiciales correspondientes.

General Acha: dejaron sin efecto una adjudicación del Plan Erradicación de Ranchos

En General Acha, la Resolución Administrativa Nº 592/26, del 13 de octubre, dejó sin efecto la adjudicación de una vivienda del Plan Erradicación de Ranchos.

La propiedad había sido adjudicada mediante una resolución de 1981.

El IPAV fundamentó la decisión en la falta de pago de las cuotas de amortización y autorizó la toma de posesión de la unidad. La notificación está dirigida a los presuntos herederos del titular original.

25 de Mayo: rescindieron un acuerdo de tenencia por falta de ocupación

En 25 de Mayo se notificó la Resolución Administrativa Nº 195/2026, del 7 de mayo, correspondiente a una vivienda del Plan FONAVI I.

El IPAV resolvió rescindir un acta de tenencia precaria suscripta en enero de 1996.

La causal invocada fue la falta de ocupación efectiva y permanente de la vivienda.

El organismo también autorizó la toma de posesión del inmueble y dispuso la notificación a los presuntos herederos del beneficiario.

Realicó: intimación a herederos por cuotas impagas

En Realicó, el organismo notificó a los presuntos herederos de la titular original de una vivienda del Plan Plurianual, tercera etapa, año 2012.

La publicación informa que quienes resulten herederos adquieren los derechos y obligaciones correspondientes al inmueble, incluidos el pago de cuotas y su ocupación.

El IPAV intimó a regularizar la situación de incumplimiento de pago dentro de los diez días hábiles posteriores a la última publicación. También advirtió sobre la posibilidad de dictar una resolución de rescisión si no se ejerce el derecho de defensa.

Guatraché: reclaman regularizar la titularidad de una vivienda

En Guatraché, la actuación corresponde a una vivienda del Plan FONAVI XVI.

El IPAV notificó a los presuntos herederos del titular original para que presenten documentación destinada a regularizar la titularidad del inmueble y la situación de las cuotas de amortización.

El plazo otorgado es de diez días hábiles desde la última publicación.

La notificación advierte que, si no se presenta la documentación ni se ejerce el derecho de defensa, el organismo podrá avanzar con un acto administrativo rescisorio.

Vértiz: intimación por falta de pago

En Vértiz se publicó una actuación vinculada con una vivienda del Plan FONAVI BIRF XLIV.

El organismo intimó a los presuntos herederos del titular original a regularizar las cuotas pendientes dentro de los diez días hábiles posteriores a la última publicación.

La documentación administrativa también menciona irregularidades vinculadas con la ocupación y advierte sobre una posible rescisión si no se regulariza la situación.

Conhello: solicitan explicaciones por falta de ocupación

En Conhello, el IPAV intimó al beneficiario de una vivienda del Plan FONAVI BIRF L.

Según la documentación del expediente, el organismo cuestiona que el beneficiario no habitaría el inmueble de manera efectiva y permanente, además de mencionar irregularidades relacionadas con el pago.

Se otorgó un plazo de diez días hábiles a partir de la última publicación para presentar por escrito los motivos de la situación observada.

El aviso advierte que, ante la falta de respuesta, el IPAV podrá continuar las actuaciones y avanzar hacia una eventual rescisión administrativa.

Adolfo Van Praet: intimaron a dos beneficiarios

En Adolfo Van Praet, la publicación involucra una vivienda del Plan FONAVI XXXIII, Reformulación.

El IPAV intimó a dos beneficiarios a presentar por escrito las razones por las cuales, según el organismo, no estarían habitando la vivienda de forma efectiva y permanente.

La actuación también menciona irregularidades de ocupación y pago.

Los beneficiarios cuentan con diez días hábiles posteriores a la última publicación para ejercer su derecho de defensa, antes de que el organismo pueda adoptar una resolución de rescisión.

Qué implican las medidas publicadas

Las actuaciones reflejan diferentes etapas de los procedimientos administrativos del IPAV para controlar el cumplimiento de las obligaciones de quienes reciben viviendas sociales.

En cinco expedientes se publicaron resoluciones que ya rescinden acuerdos de tenencia o dejan sin efecto adjudicaciones, con autorización al organismo para tomar posesión de los inmuebles.

En los otros siete casos se trata de intimaciones que otorgan un plazo para regularizar situaciones, presentar documentación o ejercer el derecho de defensa.

La autorización administrativa para tomar posesión de una vivienda no significa necesariamente que esa medida ya haya sido ejecutada. Del mismo modo, las intimaciones publicadas no equivalen a una pérdida definitiva de la adjudicación.

Los avisos integran el Boletín Oficial Nº 3752 de La Pampa, publicado el viernes 6 de noviembre de 2026, aunque las resoluciones administrativas mencionadas fueron dictadas en diferentes fechas anteriores.