Actividades No Permitidas
- ENCUENTROS SOCIALES Y REUNIONES FAMILIARES, en el marco de las decisiones provincial y nacional dictadas oportunamente.
- TRANSPORTE DE PASAJEROS entre localidades, a excepción de la línea que vincula las ciudades de Santa Rosa y Toay.
- CIRCULACIÓN DE PERSONAS ENTRE LOCALIDADES, con excepción de aquellas afectadas a la prestación de servicios esenciales del Estado (seguridad, salud, entre otros).
- CIRCULACIÓN DE PERSONAS DENTRO DE UNA MISMA LOCALIDAD en el horario de 1,30 horas a 7 horas, con excepción de aquellas afectadas a la prestación de servicios esenciales del Estado (seguridad, salud, entre otros).
Permisos de Circulación
- Sólo se mantiene la OBLIGACIÓN DE PRESENTAR PERMISOS DE CIRCULACION para las personas afectadas a actividades esenciales AL MOMENTO DE TRANSITAR DE UNA LOCALIDAD A OTRA O DURANTE EL HORARIO DE 1,30 A 7 DENTRO DE LAS MISMAS.
Accedo directo el link aqui: https://www.lapampa.gob.ar/images/Archivos/BoletinOficial/2020/Sep3426.pdf



















