
A través de la publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno amplió a 479 pesos el monto que las obras sociales deben reintegrar a los pacientes.
El Ministerio de Salud elevó a $ 479,26 el monto mensual que las obras sociales y empresas de medicina prepaga deben reintegrar a sus pacientes celíacos por la compra de harinas y premezclas libres de gluten, sus derivados y productos elaborados con las mismas.
La medida, establecida en el marco de la Ley Nº 26.588, fue resuelta a través de la resolución 1720 de la cartera sanitaria nacional, publicada hoy en el Boletín Oficial.

Actualmente, el reintegro estaba fijado $ 326,83 y no se actualizaba desde el 31 de agosto de 2015.
Celiaquía. La enfermedad no tiene edad; en el caso de los niños se manifiesta con diarreas crónicas, vómitos reiterados, retrasos del crecimiento o descalcificación; en caso de adolescentes con retraso del ciclo menstrual en mujeres, desánimos, retraso puberal o baja talla; y en adultos con osteoporosis, fracturas, artritis, diarreas, estreñimiento, desnutrición, abortos espontáneos, menopausia precoz o caída del cabello, entre otras.
La celiaquía es la intolerancia permanente al gluten, conjunto de proteínas presentes en el trigo, avena, cebada y centeno (TACC) y productos derivados de estos cuatro cereales. Pueden padecerla tanto niños como adultos.
















