Farmacia de turno · 4 de Octubre
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Un padre no pagó la cuota alimentaria durante tres años y ordenaron incluir la deuda en la factura de luz

La Justicia de Rosario dispuso una medida poco habitual para intentar garantizar el pago destinado a sus hijos. La empresa de energía deberá actuar como agente de retención y transferir el dinero a una cuenta judicial.

Una jueza de Familia de Rosario ordenó que la deuda por cuota alimentaria de un padre que llevaba más de tres años sin cumplir con su obligación sea incorporada a la factura mensual de electricidad.

La decisión fue adoptada por la jueza Andrea Mariel Brunetti, titular del Juzgado Unipersonal de Familia N° 11, luego de que otras medidas aplicadas anteriormente no consiguieran que el hombre regularizara los pagos.

Entre las sanciones previas se habían dispuesto la suspensión de su licencia de conducir y la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios, aunque ninguna de esas herramientas logró modificar la situación.

Cómo funcionará el mecanismo

A partir de la resolución, la empresa prestadora del servicio eléctrico deberá incorporar en la factura del hombre un ítem correspondiente a la cuota alimentaria.

Cuando el usuario pague la boleta, la compañía deberá retener ese monto y depositarlo directamente en la cuenta judicial destinada a los hijos.

En caso de que el padre continúe sin pagar, incluso podría avanzarse con la interrupción del suministro eléctrico. Sin embargo, la magistrada aclaró que esa instancia no es automática: previamente deberá notificarse al deudor y el corte solo podría concretarse si el incumplimiento persiste.

La causa se encuentra actualmente en etapa de ejecución y la cuota establecida es provisoria, mientras continúa tramitándose el expediente principal.

Una medida excepcional

La resolución se fundamentó en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que permite a los jueces disponer medidas razonables para garantizar el cumplimiento efectivo de las sentencias vinculadas con obligaciones alimentarias.

La magistrada señaló además que existen antecedentes de mecanismos similares en provincias como Chaco, Corrientes y Buenos Aires, además de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Brunetti sostuvo que el incumplimiento de la cuota alimentaria afecta directamente derechos esenciales de niños y adolescentes, ya que esos recursos están destinados a cubrir necesidades vinculadas con alimentación, educación, salud y condiciones de vida.

También consideró que la falta sistemática de pago puede constituir una modalidad de violencia económica y patrimonial, ya que además de perjudicar a los hijos genera una mayor carga económica sobre el progenitor que queda a cargo de su cuidado.

La particular resolución busca así generar una herramienta efectiva para garantizar el cumplimiento de una obligación que, pese a las sanciones aplicadas previamente, permanecía impaga desde hacía más de tres años.