El Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (IPAV) oficializó una serie de resoluciones y notificaciones vinculadas con el cumplimiento de las obligaciones de los adjudicatarios de viviendas sociales en diferentes puntos de La Pampa. Las actuaciones fueron publicadas en el Boletín Oficial N.º 3751, del viernes 30 de octubre, y comprenden situaciones registradas en Eduardo Castex, Conhello, Santa Rosa, General Pico, General Acha, 25 de Mayo, Parera, Villa Mirasol, Realicó, Guatraché, Vértiz y Adolfo Van Praet.
En los expedientes se mencionan principalmente incumplimientos relacionados con el pago de las cuotas de amortización, la falta de ocupación efectiva y permanente de los inmuebles y la necesidad de regularizar situaciones de titularidad.
De las 16 actuaciones publicadas, seis corresponden a decisiones administrativas que rescinden tenencias o dejan sin efecto adjudicaciones, mientras que otras diez constituyen intimaciones y notificaciones que otorgan plazos para presentar descargos o regularizar situaciones.

Eduardo Castex: dos adjudicaciones sin efecto y una intimación
En Eduardo Castex, el organismo provincial publicó tres actuaciones correspondientes a diferentes planes habitacionales.
La primera se relaciona con una vivienda del Plan Plurianual-Reconversión, cuya tenencia precaria fue rescindida mediante la Resolución Administrativa N.º 20/26. La medida también dejó sin efecto la adjudicación anterior, al determinarse incumplimientos vinculados con la falta de ocupación efectiva y el pago de las cuotas.
La segunda actuación corresponde a una vivienda del Plan FONAVI XXXII, segunda etapa. A través de la Resolución Administrativa N.º 518/26, el IPAV dejó sin efecto la adjudicación por falta de pago de las cuotas de amortización.
En ambos casos, el organismo quedó autorizado a avanzar con la toma de posesión de los inmuebles, conforme a las disposiciones legales vigentes.
Por otra parte, se publicó una intimación relacionada con otra vivienda del Plan FONAVI XLVII-TM, por presuntos incumplimientos de ocupación permanente y pago. En este expediente se otorgó un plazo de diez días hábiles desde la última publicación para presentar un descargo por escrito.
Esta última actuación no constituye todavía una resolución que deje sin efecto la adjudicación.
Conhello: intimación por una vivienda del FONAVI
En Conhello, el IPAV publicó una intimación correspondiente a una vivienda del Plan FONAVI BIRF L – CAT.TM.
El organismo requirió al adjudicatario presentar explicaciones y documentación sobre la falta de ocupación efectiva y permanente del inmueble, así como las irregularidades vinculadas con el pago de las cuotas.
La notificación establece un plazo de diez días hábiles para ejercer el derecho de defensa y advierte que, en caso de no responder, el procedimiento administrativo podría continuar hasta una eventual rescisión.
Rescisiones en Santa Rosa, General Pico, General Acha y 25 de Mayo
Además de los dos casos de Eduardo Castex, se publicaron otras cuatro resoluciones que dejaron sin efecto adjudicaciones o rescindieron tenencias en distintas localidades.
En Santa Rosa, la medida alcanza a un departamento del barrio Río Atuel, por incumplimientos de ocupación y pago.
En General Pico, la resolución corresponde a una vivienda del Plan 5000 Viviendas, por falta de pago de cuotas.
En General Acha, el organismo dispuso la baja de la adjudicación de una vivienda del Plan Erradicación de Ranchos, también por incumplimientos de pago.
Finalmente, en 25 de Mayo, se rescindió la situación administrativa correspondiente a una vivienda del Plan FONAVI I, por falta de ocupación.
En estos cuatro expedientes, al igual que en las dos resoluciones de Eduardo Castex, el IPAV autorizó la toma de posesión de las unidades habitacionales.
Intimaciones en otras localidades pampeanas
El Boletín Oficial también contiene notificaciones que involucran viviendas de Parera, Villa Mirasol, Realicó, Guatraché, Vértiz y Adolfo Van Praet, además de otros expedientes de Santa Rosa y General Pico.
En Parera, se intimó a regularizar la situación de una vivienda del Plan FONAVI 3000, incluyendo aspectos relacionados con la titularidad, la ocupación y las cuotas.
En Villa Mirasol, la actuación corresponde a una vivienda del Plan Plurianual, tercera etapa, por falta de ocupación y deuda.
En Realicó, la intimación está vinculada con una vivienda del Plan Plurianual, tercera etapa, y contempla irregularidades en la ocupación y el pago.
En Guatraché, se requirió regularizar la situación de una vivienda del Plan FONAVI XVI, mientras que en Vértiz se notificó a presuntos herederos por obligaciones pendientes relacionadas con una vivienda del Plan FONAVI BIRF XLIV.
Por su parte, en Adolfo Van Praet, se publicó una intimación correspondiente a una vivienda del Plan FONAVI XXXIII, por falta de ocupación y pago.
En General Pico también se registró una notificación relacionada con una vivienda del Plan 5000 Viviendas, dirigida a presuntos herederos por una deuda pendiente.
Finalmente, en Santa Rosa se intimó a regularizar una deuda correspondiente a un departamento del barrio Río Atuel.
Las intimaciones no significan desalojos
Es importante distinguir entre las resoluciones que dejan sin efecto adjudicaciones y las intimaciones administrativas.
En los casos de intimación, el IPAV comunica las irregularidades señaladas en el expediente y concede a los interesados la posibilidad de presentar documentación, ejercer su defensa o regularizar la situación dentro de los plazos establecidos.
Cuando el organismo dicta una resolución rescisoria, puede dejar sin efecto la adjudicación y autorizar los procedimientos para recuperar la vivienda.
Sin embargo, la autorización administrativa para tomar posesión de un inmueble no significa necesariamente que ya se haya concretado un desalojo o que la vivienda haya sido recuperada materialmente.
Las actuaciones publicadas reflejan distintos procedimientos administrativos que el IPAV lleva adelante respecto de viviendas sociales distribuidas en varias localidades de la provincia, tanto para resolver incumplimientos como para regularizar situaciones pendientes de sus adjudicatarios.






















