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Eduardo Castex
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Condenan al Banco Nación por una estafa virtual y ratifican una multa millonaria

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería confirmó una multa de 1.550.000 pesos contra el Banco de la Nación Argentina por incumplir sus deberes de seguridad y protección al consumidor tras una estafa virtual sufrida por un cliente de General Acha.

La resolución judicial ratificó la sanción aplicada por la Dirección General de Defensa del Consumidor de La Pampa y rechazó el recurso presentado por la entidad bancaria.

El caso tuvo como protagonista a Darío Emanuel Kansel, quien en mayo de 2021 recibió un llamado telefónico de una persona que se hizo pasar por un conocido. Siguiendo las indicaciones del estafador, generó nuevas claves de acceso para la banca digital desde un cajero automático y envió fotografías de los comprobantes obtenidos, informó El Diario.

Con esa información, los delincuentes lograron acceder a su cuenta, gestionar un préstamo preaprobado por 460.000 pesos y realizar transferencias por al menos 300.000 pesos.

Según consta en el fallo, el damnificado alertó rápidamente al banco sobre la maniobra y solicitó el bloqueo de sus cuentas. Sin embargo, pese a los reclamos, continuaron registrándose movimientos de dinero, incluso transferencias en pesos y dólares.

Para la Justicia, este hecho evidenció que el banco no adoptó medidas suficientes para impedir nuevas operaciones sospechosas una vez que fue advertido de la estafa.

La Cámara sostuvo que, aunque la víctima facilitó inicialmente el engaño al compartir información sensible, esa conducta no exime a la entidad financiera de su obligación de garantizar la seguridad de los fondos de sus clientes.

Los magistrados remarcaron que las estafas digitales forman parte de los riesgos previsibles de la actividad bancaria moderna y que las entidades deben contar con mecanismos eficaces para prevenir estos delitos y actuar con rapidez cuando son detectados.

Durante el proceso, el Banco Nación argumentó que la responsabilidad recaía exclusivamente sobre el cliente y sostuvo que, por su condición de integrante de la Gendarmería Nacional, no podía ser considerado un consumidor vulnerable. También cuestionó la multa aplicada y la calificación de reincidente.

No obstante, el tribunal rechazó esos planteos y destacó que el hecho ocurrió durante la pandemia de COVID-19, un período marcado por el crecimiento exponencial de las operaciones digitales y los fraudes informáticos.

Finalmente, la Justicia consideró acreditadas infracciones a los artículos 5, 6 y 19 de la Ley de Defensa del Consumidor, vinculados al deber de seguridad y a las condiciones de prestación del servicio. Además, confirmó que el banco registraba antecedentes por infracciones similares, circunstancia que justificó la aplicación de la reincidencia al momento de fijar la sanción económica.