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El jabalí podrá llegar a las carnicerías: Río Negro regula su faena y comercialización

La Legislatura provincial aprobó una nueva Ley de Carnes que regula la faena, elaboración, traslado y comercialización de productos de origen animal. Una de las principales novedades es la incorporación de fauna silvestre y la posibilidad de procesar y comercializar carne de especies como el jabalí, bajo estrictos controles sanitarios.

La Legislatura de Río Negro aprobó por mayoría una nueva Ley Provincial de Carnes que actualiza el marco regulatorio vigente y abre la posibilidad de incorporar formalmente al circuito comercial productos provenientes de la fauna silvestre.

Uno de los puntos que mayor interés generó es el relacionado con el jabalí, considerado una especie exótica invasora que provoca importantes daños productivos y ambientales en distintas regiones de la Patagonia.

La autoridad provincial de Fauna será la encargada de determinar cuáles serán las especies autorizadas y establecer los cupos correspondientes. Entre las especies que podrían quedar alcanzadas se encuentran el jabalí y el guanaco.

Faena y controles sanitarios

La nueva legislación determina que los productos alimenticios provenientes de especies silvestres destinados a la comercialización deberán ser procesados obligatoriamente en plantas de faena industriales o artesanales debidamente habilitadas.

Además, el traslado y procesamiento tendrá que cumplir con las condiciones sanitarias y de documentación establecidas por la normativa vigente.

Cuando los animales no sean trasladados vivos, deberán realizarse procedimientos específicos de desangrado y evisceración antes de ingresar a la planta. Posteriormente se efectuarán tareas de cuereado, higienización, enfriamiento y verificación sanitaria.

El objetivo es que la carne proveniente de fauna silvestre pueda ingresar a canales formales de comercialización garantizando trazabilidad, documentación e inocuidad alimentaria.

La legislación también prohíbe expresamente comercializar carne de animales silvestres capturados mediante perros o métodos cruentos que puedan provocar deterioro de las piezas, estrés excesivo o contaminación biológica.

El problema del jabalí

La incorporación de este régimen adquiere especial importancia por la expansión del jabalí en Río Negro y otras zonas patagónicas.

Desde las entidades rurales vienen advirtiendo sobre los daños que esta especie genera tanto sobre la producción agropecuaria como sobre el ambiente.

Daniel Lavayen, representante rionegrino en la Mesa Ejecutiva de Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), destacó que uno de los aspectos novedosos de la legislación es precisamente la posibilidad de avanzar en el control de la fauna, particularmente del jabalí.

La Federación de Sociedades Rurales de Río Negro también celebró la aprobación. Su presidente, Leandro Ballerini, señaló que la nueva normativa recoge diferentes planteos que el sector venía realizando para modernizar las regulaciones, facilitar la actividad productiva y fortalecer los controles sanitarios.

También regula el autoconsumo

Otro cambio importante es la incorporación de la figura del autoconsumo del productor.

La ley permitirá reglamentar el traslado de carne destinada al consumo familiar desde establecimientos rurales hacia localidades mediante una denominada “Guía de Tránsito No Comercial”.

Para utilizar este mecanismo, el productor deberá estar formalmente registrado y contar con la marca o señal correspondiente.

Los productos tendrán que trasladarse con precinto sanitario y dentro de un medio hermético, mientras que la documentación deberá especificar origen, destino, especie, cantidad de producto, fecha y vehículo utilizado.

El traslado no podrá superar las 48 horas desde la emisión de la guía y deberá ser validado en el primer puesto caminero policial o sanitario ubicado en el recorrido.

Nuevas categorías para pequeños productores

La normativa también establece diferentes categorías para los establecimientos de faena según su escala.

En el caso de las actividades artesanales se contempla una capacidad diaria de hasta dos bovinos, cinco porcinos y/o diez ovinos o caprinos. También se establecen categorías específicas para mataderos rurales y frigoríficos de clase B y C.

El régimen alcanza, además, a establecimientos dedicados a la elaboración de chacinados, salazones, conservas y otros productos, junto con plantas procesadoras de huevos y lácteos.

La intención es que pequeños productores y elaboradores puedan acceder a esquemas de habilitación acordes con su escala productiva, aunque siempre sujetos a los correspondientes controles bromatológicos y sanitarios.

La nueva legislación reemplaza un régimen que llevaba aproximadamente 35 años vigente y establece además controles, sanciones y multas para quienes incumplan las disposiciones.

Con este nuevo marco, Río Negro busca formalizar actividades que hasta ahora no contaban con una regulación específica y, al mismo tiempo, generar una herramienta que permita aprovechar comercialmente determinadas especies silvestres bajo condiciones de trazabilidad e inocuidad alimentaria.