El Tribunal de Cuentas de La Pampa confirmó oficialmente que la Justicia desestimó la denuncia penal relacionada con una factura de 2.900.000 pesos presentada en una rendición de cuentas de la Liga Pampeana de Fútbol, a nombre del Club Atlético Ferrocarril Oeste de General Pico.
La información surge de la Sentencia N.º 2639, fechada el 15 de septiembre de 2026 y publicada este viernes 16 de octubre en el Boletín Oficial N.º 3749 de la provincia de La Pampa.
El expediente corresponde a la rendición de un subsidio provincial de 3.550.000 pesos, otorgado durante 2024 para solventar actividades deportivas y gastos vinculados con la participación en la segunda fase del Torneo Provincial de Fútbol de Mayores.

La Justicia descartó una estafa y archivó la investigación
Uno de los aspectos centrales de la resolución es la comunicación del Ministerio Público Fiscal al Tribunal de Cuentas sobre el resultado de la investigación penal.
Según consta textualmente en los considerandos de la sentencia, la investigación concluyó determinando la inexistencia de delito de estafa por parte del Club Atlético Ferrocarril Oeste y/o la Liga Pampeana de Fútbol.
El organismo judicial estableció que ninguna de las instituciones obtuvo un beneficio indebido como consecuencia de la incorrecta rendición de cuentas o de la incorporación de una factura presuntamente apócrifa.
Asimismo, se descartó que la situación configurara una afectación jurídicamente relevante que constituyera un ilícito penal.
En consecuencia, la causa fue archivada y la denuncia penal quedó desestimada, tal como lo consigna expresamente el Tribunal de Cuentas en su resolución.
¿Qué había ocurrido con la factura?
La investigación se originó durante el análisis de la documentación presentada por la Liga Pampeana de Fútbol para justificar el destino de los fondos provinciales.
Los auditores detectaron una factura tipo C, supuestamente emitida por el proveedor Adrián Carlos Di Franco a nombre del Club Atlético Ferrocarril Oeste de General Pico, por un importe de 2.900.000 pesos, correspondiente a un traslado a Santa Rosa fechado el 20 de diciembre de 2024.
Sin embargo, el Tribunal constató que un comprobante con idéntica numeración había sido utilizado previamente en otro expediente, pero por 900.000 pesos, correspondiente a un traslado a Trenel, Winifreda y Jacinto Arauz, realizado el 9 de diciembre de ese mismo año.
Ante esta diferencia, el 30 de julio de 2025 personal del organismo se presentó en el domicilio del proveedor para verificar la documentación.
De acuerdo con la sentencia, Di Franco desconoció la factura por 2.900.000 pesos, circunstancia que motivó la intervención de la Justicia penal ante una posible adulteración del comprobante.
La investigación judicial permitió descartar la existencia del delito de estafa atribuido a las instituciones mencionadas y el expediente penal fue archivado.
El Tribunal de Cuentas aprobó la totalidad del subsidio
Una vez concluida la investigación penal, el Tribunal de Cuentas reanudó el procedimiento administrativo y continuó con el análisis de la rendición presentada por la Liga Pampeana.
La factura cuestionada fue excluida de la documentación respaldatoria, por no considerarse un comprobante válido.
No obstante, los auditores comprobaron que los restantes comprobantes presentados justificaban la totalidad de los 3.550.000 pesos recibidos por la institución.
Por ese motivo, la Sala I resolvió aprobar íntegramente las erogaciones correspondientes al subsidio otorgado mediante el Decreto Provincial 668/2024.
El organismo dejó establecido que no se había verificado un perjuicio patrimonial directo al Estado provincial.
Una advertencia administrativa pese al archivo de la causa
Si bien la investigación penal terminó archivada y la rendición fue aprobada, el Tribunal de Cuentas expresó su preocupación por la incorporación de un comprobante considerado adulterado dentro de la documentación presentada.
En ese contexto, formuló una advertencia a Luis María Ovin, Jorge Hernán Bambini y Oscar Molina Martínez, identificados como responsables de la rendición de la Liga Pampeana de Fútbol.
Les indicó que, en futuras presentaciones, deberán extremar los controles sobre la autenticidad y validez de los comprobantes utilizados para justificar fondos públicos.
También advirtió que la reiteración de situaciones similares podría derivar en sanciones administrativas.
Sin embargo, la Sentencia N.º 2639 no impuso multas ni cargos económicos a los responsables.
Una causa conocida públicamente que quedó archivada
La publicación del Boletín Oficial permite conocer el resultado administrativo y judicial de una investigación vinculada con el manejo de fondos destinados al fútbol provincial.
El documento identifica expresamente al Club Atlético Ferrocarril Oeste de General Pico como la institución a cuyo nombre figuraba la factura observada y establece que la Justicia descartó la existencia de una estafa tanto por parte del club como de la Liga Pampeana de Fútbol.
De esta manera, la actuación concluyó con tres determinaciones: la denuncia penal fue desestimada y la causa archivada, la rendición de cuentas fue aprobada en su totalidad y el Tribunal formuló una advertencia administrativa para futuras presentaciones.




















